Las inversiones en fondos de inversión tienen tres tipos de comisiones: las de depositaría, las de gestión y las comisiones de reembolso y/o suscripción. Es decir, hay tres tipos de hechos que generan beneficio a otras entidades por el mero hecho de invertir en fondos, la gestión, el depósito y la compra venta (suscripción y reembolso).
La comisión de depositaría es ineludible, todos los fondos de inversión la tienen. Ésta es la cantidad que cobra la entidad depositaria de los activos adquiridos por el fondo de inversión. La comisión máxima aplicable es del 0,2% aunque puede variar en función de la modalidad de fondo de inversión.
(Recordemos los actores y los roles en las IIC http://www.elorodesalomon.es/2010/06/29/breve-sobre-las-iic/)
La comisión de gestión es lo que cobra la gestora por realizar la gestión del capital invertido en el fondo. La comisión máxima aplicable varía en función de la modalidad de fondo de inversión y sobre qué se aplique.
La comisión se puede aplicar sobre los beneficios que genere el fondo o sobre el patrimonio.
Frente a esta comisión en concreto, habrá que estudiar bien la relación entre la gestión y el fondo porque su tasa estará vinculada a la calidad de los gestores. Por este mismo motivo admite cierta negociación por parte del cliente según sea su nivel patrimonial.
Vemos como aunque nos duelan comisiones de gestión altas, estas lo serán siempre en un fondo bueno. Es la que menos nos debe doler de las comisiones posibles, pues es la gestora y no la depositaria la que genera el verdadero valor añadido en un fondo de inversión.
Lógicamente no debe dolernos siempre que la calidad del gestor la justifique lógicamente. Es lógico que un fondo bueno la tenga alta…. pero de ahí a decir que si la comisión es alta el fondo tiene que ser bueno… va un trozo.
¿Sobre qué preferiremos que se aplique la comisión de gestión? Si se aplica al beneficio que se genere da pie a entender que estamos frente a un fondo que, prácticamente, tiene por asegurado un beneficio. El gestor gana si yo gano. El mercado considera esas comisiones “buenas” pues alinean los intereses gestor cliente.
Nosotros siempre decímos que el inconveniente que surge es que este tipo de comisiones sobre resultados puede sesgar el análisis de riesgo que realiza el gestor con tal de incrementar su rentabilidad, llevandole a asumir más riesgo del conveniente en cuanto el participa en parte de las ganancias pero no de las pérdidas.
La comisión de suscripción o reembolso es la representante de la prostitución financiera por excelencia. No tiene ninguna justificación economico – financiera pagar este tipo de comisiones por entrar o salir, más que pagar al comercial que nos vende los fondos, también llamado entidad comercializadora.
No hemos “comprar fondos a un comercial” sino “trabajar de la mano de un asesor”.
En cualquier caso la entidad comercializadora ya se lleva una parte de la comisión de gestión, no necesita esas comisiones. Cualquier banco tipo Banca Privada no las cobra. Nosotros que operamos a través de Inversis no las cobramos a nuestros clientes.
La de reembolso se cobra cuando reembolsamos parte o la totalidad del capital invertido. Habitualmente esta comisión va escalonada en función del tiempo transcurrido desde que se realizó la inversión llegando al cabo de un año a desaparecer o ser nula. En el caso de los fondos garantizados nos encontramos con que también se devenga esta comisión cuando reembolsamos nuestro dinero con anterioridad al plazo de la garantía. La comisión de suscripción se cobra sobre el importe de la inversión que realiza el partícipe.
Normalmente las entidades suelen cobrar una de las dos, o comisión de suscripción o de reembolso, aunque pueden hacer un mix.
Si analizamos estas posibilidades desde la independencia concluímos que cuando los bancos quieran cobrar una comisión de reembolso y no una de suscripción podemos empezar a sospechar de que la entidad intenta engatusarnos por algún lado porque confirma que el banco conoce que la gestora no es buena. Permite que se suscriban muchos inversores sin discriminación pero sanciona los reembolsos porque saben que los habrá.
Es decir no queremos pagarlas pero en el folleto puede haberlas, en ese caso mejor que sean de suscripción.
Como norma general deberemos buscar entidades que no cobren ninguna de las dos comisiones de suscripción ni reembolso.
Antiguamente la Banca Privada colocaba siempre fondos, o cualquier otro producto, de su propia marca pero a inicios de los 2000 comenzó la tendencia de lo que se llama arquitectura abierta, es decir, que los bancos podían, y pueden, ofrecer productos financieros de cualquier otra entidad.
¿Dónde tiene la trampa ahora la banca? Pues que los bancos tienen arreglos comerciales con determinadas entidades y cobran más según la gestora. De nuevo, se vuelve a demostrar que los bancos siguen estando sesgados por las comisiones y no por la consecución del bienestar y de la rentabilidad de sus clientes.
| COMISIÓN DEPOSITARÍA | |
| FIAMM | ≤ 0,15% anual del patrimonio efectivo |
| FI | ≤ 0,2% anual del patrimonio efectivo |
| COMISIÓN DE GESTIÓN | |
| FIAMM | ≤ 1% anual s/patrimonio ó |
| ≤ 10% anual s/beneficios ó | |
| ≤ 0,67% anual s/patrimonio y ≤ 3,33% s/beneficios | |
| FI | ≤ 2,25% anual s/patrimonio ó |
| ≤ 18% anual s/beneficios ó | |
| ≤ 1,35% anual s/patrimonio y ≤ 9% s/beneficios | |
| COMISIONES S/SUSCRIPCIONES o REEMBOLSOS | |
| FIAMM | la suma de ambas comisiones ≤ 1% del precio de las participaciones |
| FI | la suma de ambas comisiones ≤ 5% del precio de las participaciones |



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