Breve para inexpertos sobre las ampliaciones de capital y los derechos de suscripción preferente
¿Qué es una ampliación de capital?
Todo incremento del capital social de una empresa, siendo al final una forma de captación de recursos, propios en lugar de ajenos.
Se pueden realizar una emisión de nuevas acciones captando de esta manera nuevos fondos o mediante la capitalización de reservas. En este último caso, únicamente se trata de un mero apunte contable, es decir que no existe entrada efectiva de fondos en la sociedad: se transforman las reservas acumuladas en capital vía aumento del valor nominal de la acción o vía ampliación de capital liberada (entregando acciones nuevas a los viejos accionistas sin desembolso alguno).
¿Ampliación de capital liberada…?
Para entenderlo, previamente es necesario tener en cuenta que toda ampliación de capital viene definida, entre otros factores, por el precio de emisión. Éste viene determinado por la sociedad y pueden darse 3 casos:
a) A la par: el precio de emisión coincide con el valor nominal del título.
b) Con prima de emisión (por encima de la par): se paga un sobreprecio respecto al valor nominal dando lugar a la creación de una reserva, es la más habitual.
c) Liberada (o gratuita): los accionistas reciben sus nuevas acciones sin aportar fondo alguno puesto que la ampliación de capital se hace con cargo a reservas ya existentes.
¿Y por qué cae la acción cuando se anuncia una ampliación de capital?
Por el efecto dilución, muchas veces anticipado y descontado por el mercado tras el anuncio de cualquier ampliación de capital, lo cual entonces se conoce como efecto anuncio. Pero antes aclaremos ciertos aspectos.
La compañía involucrada en una ampliación de capital captará, a priori (existen gastos inherentes a la puesta en circulación de nuevas acciones), fondos por un valor equivalente al precio de emisión del título multiplicado por el número total de acciones puestas en circulación.
Este precio de emisión, usualmente, es inferior al valor de mercado al que cotizan las acciones: este condicionante explica el interés que despiertan las acciones nuevas frente a las que ya están en circulación.
No obstante, es importante aclarar que al aumentar el número de acciones totales en circulación, no se incrementa el valor de mercado de la empresa en la misma proporción (debido precisamente al descuento aplicado sobre el precio de las nuevas acciones emitidas) provocando en última instancia una disminución de la cotización de las acciones. Es por este motivo que debe darse un margen y por ello se realiza la ampliación en un nivel menor al de cotización.
Asimismo y en menor medida, al ampliar capital, el dividendo (que no es más que la parte del beneficio que se reparte entre los accionistas) se tiene que distribuir entre más acciones por lo que el beneficio por acción se verá mermado y la cotización de los títulos recogerá está nueva circunstancia, así como las reservas serán las mismas pero se repartirán entre un mayor capital social, reduciendo el valor de la empresa y por tanto nuevamente justificando ese menor precio de salida de las acciones nuevas respecto a la cotización de las viejas.
Con todo, el efecto dilución dependerá del precio de emisión de las nuevas acciones: mayor será el efecto cuanto más importante sea el diferencial con respecto al precio de cotización.
Veamos a continuación un ejemplo simple:
Supongamos que una empresa determinada tiene un capital compuesto por 100.000 acciones las cuales cotizan a 4€ cada una. Por motivos varios, decide ampliar capital incrementando el número de acciones en 50.000 a un precio de emisión de 1€ por acción.
La situación con anterioridad a la ampliación es la siguiente:
Valor de mercado total = Número de acciones en circulación X Precio por acción = 100.000 X 4 = 400.000€
Con la ampliación, el Número de acciones en circulación pasa a ser de 150.000, incrementando el Valor de mercado total en 50.000€ (50.000 acciones nuevas X 1€/acción).
Con todo, el nuevo Valor objetivo de la acción después de la ampliación será aproximadamente de 3€ (450.000€/150.000 acciones).
Es decir, el valor de las acciones habrá disminuido, por el efecto dilución, de 4€ a 3€ como consecuencia de la ampliación de capital.
¿De qué manera se compensa la pérdida al antiguo accionista?
Existe una garantía para todos los accionistas denominada derecho de suscripción preferente. Este derecho recoge la posibilidad de que todo accionista mantenga su proporción en el capital social previa a la ampliación una vez ésta se ha hecho efectiva.
Para ello, se asignan en función de la proporción de su participación un determinado número de derechos. De esta manera, el accionista obtiene preferencia frente a terceros a la hora de suscribir las nuevas acciones emitidas.
No obstante, este derecho puede ejercerse en su totalidad pero también existe la posibilidad de hacerlo de manera parcial o incluso se puede renunciar a él. En estos casos, los derechos pueden venderse a aquellos interesados en pasar a formar parte del accionariado de la compañía.
El valor teórico de estos derechos es la diferencia entre el valor de la acción antes y después de aplicar la ampliación de capital.
Veamos en el siguiente ejemplo cómo puede determinarse el valor de los derechos:
Una sociedad cualquiera está compuesta por 100.000 acciones cuya cotización es de 4€. La empresa en cuestión decide ampliar capital emitiendo 50.000 acciones nuevas con un precio de emisión de 1€.
Una vez efectuada la ampliación, el valor de la empresa será de (100.000 acciones X 4€/acción + 50.000 acciones X 1€/acción) = 450.000€ y el valor de las acciones será 450.000€/150.000 acciones = 3€/acción.
Por tanto, el derecho de suscripción preferente será 4€/acción – 3€/acción = 1€
El antiguo accionista dispondrá de acciones valoradas en 3€ cada una y un derecho valorado en 1€, en lugar de la acción valorada en 4€.
No obstante, es importante tener claro también cuántos derechos son necesarios para cada acción nueva. Este número viene dado por la proporción entre el número de acciones viejas y nuevas, por lo que serán necesarios 2 derechos para poder obtener 1 acción nueva.
De esta manera, el nuevo inversor pagará 1€ por cada acción nueva adquirida más 2 X 1€ por los dos derechos necesarios, es decir 3€ en total, precisamente el precio al que quedarán valoradas estas nuevas acciones, el mismo al que quedarán valoradas las viejas.
Conclusiones
Vemos por tanto como al ampliar capital se generan derechos preferentes de suscripción, estos sirven, desde un punto de vista cualitativo, como garantes del derecho a suscribir acciones para mantener el mismo % de capital, mientras que desde un punto de vista cuantitativo cubren la pérdida de valor por el accionista previo.
Además de el efecto contable de reparto de reservas entre más capital social, también el beneficio futuro se verá diluido (a no ser que la inversión de los fondos captados permita incrementar el negocio en la misma proporción que la ampliación de capital), por ello la éxiste un efecto anuncio y una percepción negativa de las ampliaciones para el accionista previo.
Dada esta dilución futura esperada, podemos ver pérdidas de valor en las acciones mayores a la compensación de los derechos, es decir que finalmente si impliquen a corto plazo un daño al inversor antiguo aunque en caso de buena inversión de los fondos captados puede ser ventajoso a medio largo plazo.
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