Siguiendo la serie sobre renta fija iniciada con el  artículo La renta fija (I):  primeras nociones (http://www.elorodesalomon.es/2010/11/24/la-renta-fija-i-primeras-nociones/), avanzamos desgranando y entrando en detalle en los diferentes tipos de renta fija existentes. Hoy, la renta fija pública.

La deuda pública

Engloba todos los valores emitidos por los Estados, Comunidades Autónomas y demás organismos públicos.

Entre éstos, distinguimos:

Letras del tesoro: son activos emitidos por el Estado con vencimiento a corto plazo (máximo 18 meses). Siempre son al descuento (se descuentan los intereses al valor del activo en el momento de la compra), lo que quiere decir que no pagan cupón. Siempre se representan por anotaciones en cuenta, no existe título físico alguno.

Se trata de uno de las muchas vías que desarrollan los Estados para captar recursos y financiarse. El Tesoro emite regularmente estos valores (dos veces al mes, véase la comercialización recurrente en prensa y televisión) a través de subastas competitivas ofreciendo cuatro tipos en función del vencimiento de éstos (a 3, 6, 12 y 18 meses). Cualquier inversor interesado puede tramitar su solicitud tanto en el mercado primario y secundario (a través de cualquier entidad financiera o del Banco de España). El importe mínimo de cada petición es de 1.000€ e inversiones mayores deben de ser múltiplo de esta cantidad.

Bonos y obligaciones del Estado: principales instrumentos de renta fija a medio (bonos a 3 y 5 años) y largo plazo (obligaciones a 10, 15 y 30 años), se trata de emisiones de deuda pública con rendimiento explícito, es decir que se pagan anualmente (cupón anual) unos intereses fijos a medida que van devengando.

Al igual que las Letras del Tesoro, los bonos y obligaciones pueden adquirirse en el mercado primario y el secundario y se trata de anotaciones en cuenta. Ciertas emisiones a largo plazo es posible realizarlas bajo la modalidad de valores segregables o strips: se adquieren por separado el principal y cada uno de los cupones  a los que da derecho el bono original.

Actualmente, las agencias de calificación no tienen concedida la matrícula de honor a la deuda española por efecto de las circunstancias económicas actuales.

Deuda autonómica y de otros organismos públicos: las Comunidades Autónomas, corporaciones locales y demás entes públicos pueden emitir valores a corto (pagarés) y largo plazo. Las características de éstos son similares a las Letras del Tesoro y los bonos y obligaciones del Estado respectivamente. Obsérvese la reciente emisión por parte de la Generalitat de Catalunya por valor de 3.000 millones de €.

En próximas publicaciones explicaremos con detalle la renta fija privada.